Buscador
Decreto 1179/2016. Régimen de obsequios y viajes financiados por terceros a funcionarios públicos-Fecha de Realización
Fecha de Realización:

A definir

Decreto 1179/2016. Régimen de obsequios y viajes financiados por terceros a funcionarios públicos-Cierre de Inscripción
Cierre de Inscripción:

A definir

Decreto 1179/2016. Régimen de obsequios y viajes financiados por terceros a funcionarios públicos-Docente/es
Docente/es:

A definir

Decreto 1179/2016. Régimen de obsequios y viajes financiados por terceros a funcionarios públicos-Sede / Plataforma
Sede / Plataforma:

A definir

Presentación:

Este curso se origina en una propuesta de la Oficina Anticorrupción (OA). El propósito es sensibilizar a los servidores de la Administración Pública Nacional (APN) respecto de las regulaciones en materia de ética pública que deben regir la actividad.

Una de las prácticas sociales que puede afectar el recto cumplimiento de los deberes de las personas que ejercen la función pública es la entrega de obsequios, la realización de favores o el otorgamiento de ventajas o beneficios particulares por parte de personas que necesitan o requieren alguna actuación de tales funcionarios. Si bien quienes entregan ese tipo de beneficios pueden no hacerlo con la intención de que el agente quebrante un deber legal que lo haga incurrir en un delito de corrupción, sino simplemente esperando ser tenidos en cuenta con algún grado de prioridad o deferencia por parte de tal funcionario, tales prácticas son contrarias al derecho de igualdad establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional y se encuentran expresamente prohibidas por la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, con limitadas excepciones para cuya configuración deben cumplirse con estrictos recaudos normativos, el principal de ellos, no provenir de \"fuentes prohibidas\" (personas vinculadas al organismo o que pretenden alguna acción o decisión del mismo).

Por tal motivo, se propicia sensibilizar a los funcionarios públicos sobre el Régimen de Obsequios y Viajes financiados por terceras personas, a fin de garantizar que el ejercicio de la función pública no se halle sometida a prácticas reñidas con la ética pública, que puedan afectar la imparcialidad de los funcionarios y/o el principio de igualdad de trato.

Objetivos:

Que los participantes logren:
a) Comprender el enfoque global sobre los principios y normas de ética pública y, en particular, el régimen de obsequios y viajes financiados por terceros.
b) Aplicar los criterios adoptados por la autoridad de aplicación en materia de ética pública y, en particular, del régimen de obsequios y viajes financiados por terceros.
c) Valorar las decisiones de gestión orientadas a la transparencia y promoción de la ética pública.

Perfil del participante:

Personal que se desempeña en el ámbito de la APN, con independencia de las tareas específicas que desarrolle.

Temario:

1. Marco Normativo: alcances de la Ley 25188 y el Decreto 1179/2016.
2. Régimen de obsequios: regla general, excepciones, fuentes prohibidas.
3. Registro de obsequios dentro del marco legal. Incorporación al patrimonio del Estado. Excepciones.
4. Régimen de viajes financiados por terceros: regla general, excepciones, fuentes prohibidas. Registración.
5. Procedimiento de registro de obsequios y viajes y/o estadías financiadas por terceros por GDE y TaD.
6. Situaciones puntuales y aspectos a tener en cuenta al momento del registro.